Artículos SIN IVU para la temporada de huracanes.
Por cuarto año consecutivo, habrá un periodo de exención del Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) en la compra de artículos y equipos de preparación para la temporada de huracanes, que comenzará a las 12:00 a.m. del viernes, 23 de mayo, y se extenderá hasta las 11:59 p.m. del lunes, 26 de mayo de 2025.
Esta exención aplicará exclusivamente a los artículos y equipos específicamente designados, según establece la Carta Circular de Rentas Internas Núm. 25-09 emitida el 29 de abril de 2025, por el Departamento de Hacienda.